Diputade propone que cada veracruzano solicite al Registro Civil el género que más le acomode en una nueva acta de nacimiento
Xalapa, Ver.- El diputade morenista, Gonzalo Durán Chincoya, propuso una ley de reforma al Registro Civil para que cualquier persona que no esté conforme con su género (masculino o femenino) pueda cambiar su acta de nacimiento.
Se trata, dijo, de una legítima demanda además de ajustar las leyes a la realidad que impera en Veracruz.
En la sesión de este martes, el diputado dijo que se busca que todos sean reconocidos y nombrados como se autoperciban a través de una iniciativa que reforma diversas disposiciones del Código Civil del estado que incorporaría la figura de Identidad de género autopercibida.
En su intervención durante la Sexta Sesión Ordinaria, el integrante del Grupo Legislativo de Morena explicó que la Identidad de género autopercibida implica la autopercepción de cada persona en cómo se identifica, “misma que podría corresponder o no con el sexo asignado en al acta primigenia, lo cual provoca un escenario de potenciales violaciones graves a derechos humanos que, por su naturaleza, merman la dignidad, integridad y libre desarrollo de la personalidad”.
De acuerdo con la propuesta del legislador, se prevé incorporar como una función del Registro Civil el levantamiento de una nueva acta de identidad de género autopercibida y que, de ninguna manera, podrá contener este documento una referencia de la anotación.
Asimismo, se establece que la identidad de género es la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente; podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento y registrado en su acta primigenia; tratándose de un concepto que crea espacio para la autoidentificación y que hace referencia a la vivencia que una persona tiene de su propio género.
De esta manera, se prevé que cualquier persona que requiera el reconocimiento de su identidad de género pueda solicitar el levantamiento de una nueva acta de nacimiento, bajo la modalidad de Identidad de Género Autopercibida, previa anotación en los términos del artículo 676 del Código Civil.
Si la solicitud se presenta ante la persona encargada del Registro Civil que conoció del registro de nacimiento, éste comunicará de inmediato a la Dirección General del Registro Civil del Estado para proceder a la reserva correspondiente en los libros que obren en su poder. Si la petición es planteada ante la Dirección General del Registro Civil del Estado, ésta procederá en cuanto a la reserva del acta de nacimiento y exigirá a la persona encargada del Registro Civil que haya conocido del registro de nacimiento la expedición de la nueva acta de nacimiento de identidad autopercibida.
Para su estudio y dictamen, la iniciativa fue turnada a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales. Se adhirieron los integrantes del Grupo Legislativo de Morena.